miércoles, 27 de julio de 2016

Tribunal de Diciplina: Boletín N° 15

Las sanciones

El Honorable Tribunal de Disciplina dio a conocer el boletín número 15.

Como todos los Lunes, el Tribunal de Disciplina se reunió en Cosquín y dio a conocer los fallos, las sanciones, vistos y citaciones de la semana.

A continuación, el boletín completo:

LIGA DEPARTAMENTAL DE FÚTBOL DE PUNILLA
HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA

BOLETÍN OFICIAL N°15 - 25/07/2016

Sanciones

EXPEDIENTE N° 21/16


PRIMERA

Atlético La Falda

Diego Ledesma   10659   Art. 207   1 fecha

Dep. Independiente 

Brian Portela   10473   Art. 22   Suspensión Provisoria

El Brujas 

Mauro Váldez   18134   Art. 200 inc. 1   3 fechas

Juventud Unida

Federico Ortíz   10549            Art. 22                    Suspensión Provisoria
DT Atilio Oliva   17013953      Art. 260 retro 186   14 días
PF Pablo Pelliza   21408042   Art. 260 retro 186   14 días

Martín Ferreyra 

Néstor Cañete   10097   Art. 204   1 fecha

Sp. Brasil 

Franco Benavídez   11449   Art. 204   1 fecha

Tiro Federal

Diego Núñez   10791   Art. 208   1 fecha

RESERVA

Dep. Independiente

Enzo Franchetto   10484   Art. 202   1 fecha

Dep. San Nicolás

Leonel Godoy      10138   Art. 207   1 fecha
Walter Villarreal   10161   Art. 206   1 fecha
Sergio Wayar        11445   Art. 207   1 fecha

EMFI

Franco Taborda   10748   Arts. 185 y 204   5 fechas

Juventud Unida

Sebastián López   10535   Art. 200 inc. 1   3 fechas

Sp. Rivadavia

Agustín Arias       11491   Art. 207   1 fecha
Santiago Cabral   10188   Art. 207   1 fecha

Tiro Federal 

Leandro Vergara   11524   Art. 205 inc. a   2 fechas

QUINTA

Dep. San Nicolás

Leonel Pereyra   11266   Art. 207   1 fecha

EMFI

Thomas Bustamante   11342   Art. 207   1 fecha

EXPEDIENTE N° 22/16

Barbero sobre agresión

Visto y considerando que este Honorable Tribunal de Disciplina en el día de la fecha 25 de Julio de 2016, se reunió en el edificio de la Liga Departamental de Fútbol de Punilla situado en Sarmiento 829 de la Ciudad de Cosquín, dicta resolución en el incidente ocurrido en el partido que disputaron San Nicolás y River, partido válido por la Fecha 14 de la Primera División, del cual el principal involucrado, el Sr. Rodrigo Barbero, carnet 10391, jugador de la Primera de River, no acudió a declarar ante este Tribunal.
Que al no declarar ante este Tribunal, se emplea la pena del artículo 161.
Que al no poder justificar sus acciones se emplea el artículo 185 por lo que consta en el informe arbitral.
Que el Tribunal deliberó y llegó a la conclusión de sacar un fallo definitivo.

Por esta razón, este Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:

1) Sancionar al Sr. Rodrigo Barbero, jugador de River, carnet 10391, a la suspensión de 8 fechas según estable el artículo 185 en concordancia con el artículo 161.
2) Publíquese y archívese.

EXPEDIENTE N° 23/16

Ochoa sobre citación

Visto y considerando que este Honorable Tribunal de Disciplina en el día de la fecha 25 de Julio de 2016, se reunió en el edificio de la Liga Departamental de Fútbol de Punilla situado en Sarmiento 829 de la Ciudad de Cosquín, dicta resolución por la citación de Mayco Cuello, carnet 11628, jugador de la Primera de Martín Ferreyra. Dicho jugador no se presentó a declarar ante este Tribunal.
Que al no declarar ante este Tribunal, se emplea la pena del artículo 161.
Que el Tribunal deliberó y llegó a la conclusión de sacar un fallo definitivo.

Por esta razón, este Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:

1) Sancionar al Sr. Mayco Cuello, carnet 11628, jugador de Primera de Martín Ferreyra, a la suspensión de 4 fechas según estable el artículo 161.
2) Publíquese y archívese.

EXPEDIENTE N° 24/16

Pirotecnia en EMFI - Tiro Federal

Visto y considerando el informe arbitral y el informe del veedor, este Honorable Tribunal de Disciplina en el día de la fecha 25 de Julio de 2016, se reunió en el edificio de la Liga Departamental de Fútbol de Punilla situado en Sarmiento 829 de la Ciudad de Cosquín, para dar resolución por el uso de pirotecnia en un partido de fútbol. 
Este Tribunal deliberó;
Que en el informe consta que ambas parcialidades utilizaron productos pirotécnicos y la misma fue visualizada por el árbitro.
Que tal como se publicó en el boletín 8, estaba totalmente prohibido usar pirotecnia.
Que el artículo 88 bis consta de una sanción de valor entradas de 20 a 200 como así también una deducción de puntos si los hechos son de suma gravedad.
Que el Tribunal deliberó y llegó a la conclusión de sacar un fallo definitivo.

Por esta razón, este Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:

1) Sancionar a los clubes EMFI y Tiro Federal a la pena de 25 entradas cada equipos debido a la utilización de productos pirotécnicos, tal como lo establece el artículo 88 bis.
2) Intimar a los 16 clubes de la Liga Departamental de Fútbol de Punilla que no utilicen más pirotecnia en los estadios, tal como se advirtió en el informe N°8.
3) Publíquese y archívese.

EXPEDIENTE N° 25/16

Independiente protesta sobre Martín Ferreyra

Llegan al Honorable Tribunal de Disciplina, una protesta por parte del club Independiente de Cosquín frente al Club Martín Ferreyra donde justifican la mala inclusión de un jugador de la Primera de Malagueño. Dicho partido fue válido por la Fecha 14 del Anual 2016.
Debido a este incidente, este Honorable Tribunal de Disciplina en el día de la fecha 25 de Julio de 2016, se reunió en el edificio de la Liga Departamental de Fútbol de Punilla situado en Sarmiento 829 de la Ciudad de Cosquín, para dar resolución en el caso Martín Ferreyra - Independiente. 
Visto el informe arbitral, notamos que la presentación de Independiente es válida ya que se presentó en tiempo y forma tal como establece el artículo 13.
Que la protesta apuntaba al jugador Mayco Cuello de Martín Ferreyra por no estaba habilitado para jugar.
Que el Tribunal pidió al Comité Ejecutivo de la Liga toda la documentación del denunciado.
Que se comprobó que dicho jugador no estaba habilitado tal como aduce el club Independiente.
Que debido a la mala inclusión de lista, se debía aplicar el artículo 107 inc. a.
Que el Tribunal deliberó y llegó a la conclusión de sacar un fallo definitivo.

Por esta razón, este Honorable Tribunal de Disciplina, RESUELVE:

1) Dar por perdido el partido a Martín Ferreyra debido a la mala inclusión de Mayco Cuello tal como lo establece el artículo 107 inciso a. 

2) Publicar el siguiente resultado:

Martín Ferreyra 0 PP - Independiente 1 PG

3) Aplicarle una multa de 58 entradas al club Martín Ferreyra tal como lo indica el artículo 91 inciso a.

4) Publíquese y archívese.

CITACIÓN N° 1

Visto el informe arbitral del partido de Primera jugado el pasado Domingo 24 de Junio entre los equipos Independiente y Juventud Unida, este Honorable Tribunal de Disciplina cita al Sr. Federico Ortíz, jugador de Juventud Unida, a prestar declaración ante el Tribunal el día Lunes 1 de Agosto a las 18 horas en Sarmiento 829, Cosquín.

CITACIÓN N° 2

Visto el informe arbitral del partido de Primera jugado el pasado Domingo 24 de Junio entre los equipos Independiente y Juventud Unida, este Honorable Tribunal de Disciplina cita al Sr. Brian Portela, jugador de Independiente, a prestar declaración ante el Tribunal el día Lunes 1 de Agosto a las 17:30 horas en Sarmiento 829, Cosquín.

CITACIÓN N° 3

Visto el informe arbitral del partido de Primera jugado el pasado Domingo 24 de Junio entre los equipos Villas Unidas y Brujas, este Honorable Tribunal de Disciplina cita a la terna arbitral confirmada por el árbitro Alexander Maturano, el asistente 1 Lucas Rivero y el asistente 2 Carlos Díaz, a prestar declaración ante el Tribunal el día Lunes 1 de Agosto a las 18:30 horas en Sarmiento 829, Cosquín.

CITACIÓN N° 4

Visto el informe del veedor en el partido de Séptima entre EMFI y San Nicolás; y como establece el artículo 5 del Reglamento de Transgresiones y Penas, este Honorable Tribunal de Disciplina cita al Sr. Julio César Oviedo, DT de la Séptima División de EMFI, a prestar declaración ante el Tribunal el día Lunes 1 de Agosto a las 17 horas en Sarmiento 829, Cosquín.

Visto N°1

Visto y considerando el informe arbitral en el partido de Sportivo Rivadavia versus Martín Ferreyra, este Tribunal de Disciplina decide intimar al Club Sportivo Rivadavia a presentar descargo en un lapso de 96 horas para justificar la no presentación de su divisional Novena frente a Martín Ferreyra.

Visto N°2

Visto y considerando el informe arbitral en el partido de San Nicolás versus Atlético La Falda, este Tribunal de Disciplina decide intimar a ambos clubes a presentar descargo en un lapso de 96 horas para justificar la no presentación de sus divisiones Quinta y Sexta.

Visto N°3

Visto y considerando que no hubo informes arbitrales en el partido 25 de Mayo versus San Nicolás, este Tribunal de Disciplina decide intimar a ambos clubes a presentar descargo en un lapso de 96 horas para justificar la no presentación de los planteles Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima y Octava.

Visto N°4

Visto y considerando el informe arbitral en el partido de EMFI versus San Nicolás, este Tribunal de Disciplina decide intimar al Club San Nicolás a presentar descargo en un lapso de 96 horas para justificar la no presentación de carnets de dos jugadores y del DT Jorge Chávez, DNI 12493719.

MIEMBROS PRESENTES: Sr. Pablo García, Sr. Iván Goñi, Sr. Damián Nicolau y Sr. Oscar Suárez.

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